TESORERÍA

Al estar acogidos en la Ley 49/2002, del 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales al mecenazgo, implica que a partir de la próxima declaración de IRPF, correspondiente al ejercicio 2019, los hermanos que lo deseen podrán beneficiarse de las deducciones que la ley contempla por el pago de cuotas y donativos realizados a nuestra Hermandad.

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